Exención del ISAN (Impuesto Sobre Automóviles Nuevos): Al eliminar o reducir emisiones, como apoyo para promover la adopción de vehículos eléctricos e híbridos conectables, estas tecnologías están exentas de este impuesto al momento de su compra, lo que reduce su costo inicial. Instalación de medidor CFE exclusivo para carga eléctrica: La Comisión Federal de Electricidad ofrece un esquema que permite instalar un medidor dedicado para la recarga de vehículos, lo que permite acceder a tarifa comercial, que evita que el consumo del hogar suba a una tarifa de alto consumo y permite tener un control más eficiente del costo energético. (Consulta aquí las tarifas y contratos vigentes con la CFE.) Deducción fiscal y depreciación acelerada + arrendamiento: Conforme al artículo 36, fracción II de la Ley del Impuesto sobre la Renta, las inversiones en automóviles cuya propulsión es a través de baterías eléctricas recargables (u otros sistemas eléctricos/híbridos) son deducibles hasta $250,000 pesos (superior al límite de $175,000 para vehículos convencionales). Además, para efectos de arrendamiento el monto máximo diario autorizado para vehículos eléctricos es $285 pesos diarios, frente a $200 pesos diarios para autos de combustión. Estímulos del Plan México: El decreto vigente permite la deducción inmediata de hasta 86% del valor de vehículos eléctricos, híbridos o de hidrógeno adquiridos entre 2025 y 2030, para proyectos aprobados, impulsando la renovación de flotas con tecnología limpia para proyectos autorizados. Crédito fiscal del 30% para infraestructura de carga: Las inversiones destinadas a ciertos conceptos involucrados en la instalación de estaciones de carga pública son elegibles para un crédito fiscal equivalente al 30% del monto invertido, impulsando el desarrollo de infraestructura nacional.
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